
Liberaron al matrimonio acusado de cultivar cannabis para su hijo
Benjamin EncinaLa Justicia dispuso la libertad de un matrimonio que había quedado bajo arresto domiciliario tras ser acusado de cultivar marihuana en su vivienda para elaborar un producto destinado al tratamiento de su hijo de 20 años, quien padece epilepsia y un trastorno del espectro autista (TEA) severo.
La decisión fue adoptada por el juez Guillermo Taylor, quien reemplazó el arresto domiciliario por medidas de coerción de menor intensidad durante un plazo de tres meses. La resolución se produjo luego de que la defensa presentara documentación relacionada con la inscripción de Mónica Rodríguez en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).
La causa se inició el 12 de agosto, cuando efectivos policiales allanaron la vivienda de Rodríguez y Sergio Amarello, ubicada en el pasaje Zenón Santillán, en el marco de una investigación por un supuesto robo.

Durante el procedimiento se encontraron 259 gramos de marihuana, además de semillas y otros elementos vinculados al cannabis. También fueron secuestrados un teléfono celular y una balanza, elementos que posteriormente fueron incorporados a la investigación.
A partir de esos hallazgos intervino la Fiscalía de Narcomenudeo, que imputó a Rodríguez y Amarello como presuntos coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La acusación fiscal sostuvo que la presencia de la balanza podía ser compatible con un eventual fraccionamiento de la sustancia.
En una primera audiencia, la jueza Judith Solórzano había rechazado el pedido de prisión preventiva formulado por la Fiscalía al considerar que no estaban acreditados riesgos procesales suficientes. En aquella oportunidad, había dispuesto el arresto domiciliario durante siete días mientras se profundizaba la investigación.
La situación cambió cuando los abogados Patricio Char y Candelaria Hernández, representantes de la defensa, presentaron documentación que acreditaba que Rodríguez contaba con una inscripción previa en el Reprocann. Según la defensa, la mujer había sido autorizada anteriormente para realizar actividades vinculadas al cannabis medicinal y el trámite vigente correspondía a una renovación.
A partir de esa nueva documentación, la Fiscalía modificó su postura y solicitó que el arresto domiciliario fuera reemplazado por medidas menos restrictivas mientras continúa la etapa de investigación penal preparatoria.
Entre las condiciones establecidas se encuentra la obligación de mantener un domicilio, presentarse cuando sean citados por la Justicia y no interferir con la investigación. También se establecieron restricciones de contacto con testigos y una prohibición relacionada con la portación de armas de fuego.
La defensa aceptó las medidas, aunque cuestionó que fueran mantenidas durante todo el proceso. Además, negó que Rodríguez hubiera comercializado productos y sostuvo que determinados gastos mencionados durante la investigación estaban vinculados con los costos de producción.
El abogado Char sostuvo que la documentación presentada sobre el Reprocann podría resultar determinante para el futuro de la causa e incluso abrir la posibilidad de un eventual sobreseimiento, dependiendo de cómo avance la investigación.
Mientras tanto, la Justicia continuará analizando las pruebas reunidas durante el allanamiento y el resto de las actuaciones. Por ahora, ambos acusados permanecerán en libertad bajo medidas cautelares, mientras se define si existió o no una finalidad de comercialización que permita sostener la acusación penal.


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