Diputados aprobó la ley de Propiedad Privada y mantuvo las restricciones a la compra de tierras por extranjeros

El proyecto obtuvo 124 votos a favor, 119 en contra y seis abstenciones. El oficialismo aceptó cambios para avanzar con la iniciativa, que ahora deberá volver al Senado.
21 de octubre de 2026Belen LapetinaBelen Lapetina

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el Gobierno nacional, aunque el resultado fue ajustado. La iniciativa consiguió 124 votos afirmativos, 119 negativos y seis abstenciones, correspondientes a legisladores de Córdoba.

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Durante el debate, La Libertad Avanza debió aceptar modificaciones vinculadas con la Ley de Tierras, que regula la adquisición de terrenos rurales por parte de extranjeros. De esta manera, se mantuvieron las restricciones vigentes y el proyecto deberá regresar al Senado para que la Cámara alta defina si acepta los cambios o insiste con la versión original.

Qué establece la ley de Propiedad Privada

Uno de los puntos centrales de la iniciativa es el endurecimiento de los requisitos para las expropiaciones estatales. El proyecto establece que los bienes deberán contar con una declaración de utilidad pública y que la indemnización se pague previamente, a valor de mercado, con reconocimiento del lucro cesante.

Los críticos de la propuesta advierten que estas condiciones podrían dificultar la ejecución de obras públicas que requieran incorporar propiedades privadas.

Otro eje es la agilización de los desalojos de inmuebles ocupados. Para las viviendas, se contempla una intimación fehaciente al pago con un plazo mínimo de diez días corridos. Si la deuda no se regulariza, el propietario podrá iniciar una acción de desalojo, con un trámite previsto de diez días hábiles adicionales.

En casos de falta de pago o vencimiento del contrato, el proyecto también prevé la posibilidad de obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria. Si se demuestra que el propietario ocultó información para conseguirla, podría recibir una multa de hasta diez veces el valor mensual del alquiler.

Cuando en el inmueble vivan menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, los jueces deberán dar intervención a los organismos competentes para procurar una alternativa habitacional transitoria, sin detener el proceso judicial.