Zona Fría: el descuento del gas será del 50% o del 20% según la región

El nuevo esquema diferencia a las zonas con subsidio permanente de los hogares que deberán cumplir requisitos para conservar una bonificación adicional.
Nacionales27 de octubre de 2026Benjamin EncinaBenjamin Encina

El Gobierno nacional avanza con la implementación del nuevo régimen de Zona Fría, que modificará la forma en que se aplican los descuentos en las facturas de gas. El esquema establece dos niveles de asistencia: una bonificación del 50% sobre el precio del gas para determinadas regiones y un adicional del 20% para hogares de otras zonas que cumplan las condiciones exigidas.

La principal diferencia estará en quiénes pueden acceder al beneficio y sobre qué parte del consumo se calcula. Con el nuevo sistema, el descuento dejará de aplicarse sobre el importe total de la factura y se limitará al componente correspondiente al gas, identificado como precio en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST). Por eso, el transporte, la distribución y los impuestos no quedarán alcanzados directamente por esa bonificación.

El descuento del 50% quedará reservado para los usuarios residenciales de la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. En estas zonas se mantendrá el beneficio específico, sin el límite de consumo previsto para los hogares que accedan al adicional del 20%.

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Para las localidades que habían sido incorporadas al régimen mediante la ampliación de 2021, la situación será diferente. Allí, el descuento adicional del 20% se sumará a la asistencia que corresponda por el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), pero solo se aplicará sobre un bloque de consumo base determinado según la región.

Para recibir esa bonificación, los hogares deberán estar inscriptos en el SEF, vivir en las subzonas bioambientales contempladas por la normativa y cumplir al menos uno de los criterios socioeconómicos establecidos. Entre ellos figuran ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, la presencia de una persona con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, un veterano de la Guerra de Malvinas que perciba la pensión correspondiente o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). En este último caso, se evaluará la necesidad de asistencia económica.

Las entidades de bien público y los clubes de barrio y de pueblo tendrán un tratamiento diferenciado: la bonificación adicional del 20% se aplicará sobre la totalidad de su consumo, sin el límite establecido para los hogares particulares.

La identificación de los beneficiarios se realizará mediante el cruce de los registros del régimen de subsidios con la ubicación geográfica de cada suministro. Luego, el organismo regulador deberá remitir los datos a las distribuidoras, que tendrán a su cargo reflejar los descuentos en las boletas.

El cambio se enmarca en la Ley 27.828, que redujo el alcance territorial del beneficio automático y estableció nuevas condiciones para quienes buscan conservar una ayuda adicional. El régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031.

Sin embargo, al cierre de la información publicada el 26 de octubre, la Secretaría de Energía tenía preparada la resolución con los porcentajes, pero aún debía publicarla oficialmente. Por ese motivo, quedan pendientes la confirmación de su entrada en vigencia y los detalles sobre cómo se reflejarán los consumos anteriores en las próximas facturas.

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