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title: "La demora de tres días en una apelación dejó sin vía federal el caso de Tafí Viejo"
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description: "La Corte rechazó por tardía la presentación de la querella, por lo que las absoluciones quedaron firmes en esa instancia."
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date_published: "2026-10-15T11:42:00-03:00"
date_modified: "2026-10-15T11:44:32-03:00"
author_name: "Benjamin Encina"
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# La demora de tres días en una apelación dejó sin vía federal el caso de Tafí Viejo

La posibilidad de que la **Corte Suprema de Justicia de la Nación** revisara la absolución de **Franco Trapani y Álvaro Rodríguez** quedó cerrada luego de que el máximo tribunal de Tucumán rechazara un recurso presentado por la querella. La decisión no se basó en una nueva evaluación de las pruebas, sino en un incumplimiento de los plazos procesales que impidió avanzar con la presentación.

La resolución quedó asentada en la **sentencia N.º 1507, fechada el 14 de octubre de 2026**. Los jueces declararon inadmisible el recurso extraordinario federal impulsado por el abogado **Carlos Garmendia**, representante de la parte querellante, debido a que el escrito fue ingresado fuera del plazo establecido por la normativa.

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Según el fallo, la notificación de la sentencia que se pretendía impugnar quedó depositada en el casillero virtual el **7 de julio de 2026**. Una vez realizado el cómputo correspondiente, el plazo para presentar el recurso vencía el **7 de agosto a las 10**. Sin embargo, el escrito ingresó al Sistema de Administración de Expedientes (SAE) el **10 de agosto a las 5**, es decir, tres días después del vencimiento.

Por ese motivo, el tribunal provincial resolvió no admitir la presentación y dispuso que las **costas del trámite fueran afrontadas por la parte recurrente**. La decisión contó con las firmas de los vocales **Daniel Leiva, Daniel Posse, Antonio Estofán, Eleonora Rodríguez Campos y Claudia Sbdar**.

El alcance del pronunciamiento es central para el futuro del expediente: la Corte tucumana **no volvió a analizar los argumentos de la querella ni revisó nuevamente los elementos probatorios**. El rechazo se limitó a la cuestión formal vinculada con la presentación fuera de término, lo que dejó sin posibilidad de avanzar por esa vía extraordinaria hacia el máximo tribunal nacional.

La causa se remonta a un hecho denunciado durante la madrugada del **3 de julio de 2016 en Tafí Viejo**. De acuerdo con lo expuesto durante el juicio, la denunciante había salido de un local bailable y se dirigió a una vivienda de avenida Constitución junto a los dos hombres. Posteriormente, denunció haber sufrido un abuso sexual y sostuvo que no había consentido las relaciones sexuales.

En octubre de 2025, un tribunal había condenado a **Trapani a 10 años de prisión y a Rodríguez a ocho años**, además de establecer una reparación económica de **20 millones de pesos** para la denunciante. No obstante, la defensa cuestionó la valoración de las pruebas y recurrió la sentencia.

El **6 de julio de 2026**, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó aquellas condenas y absolvió a ambos acusados por el beneficio de la duda. En esa resolución, el tribunal consideró que los fundamentos de la condena no alcanzaban para superar el principio de inocencia y señaló problemas en la valoración conjunta de las declaraciones y otros elementos incorporados al expediente.

Tras esa absolución, la querella intentó llevar la discusión a la Corte Suprema de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. La presentación, sin embargo, fue declarada inadmisible por haberse efectuado fuera del plazo legal.

De esta manera, **las absoluciones quedaron firmes en el ámbito provincial y no podrán ser revisadas por la vía de ese recurso extraordinario federal**. El último fallo no constituye una nueva evaluación sobre lo ocurrido en 2016, sino una decisión procesal que impidió que el planteo de la querella continuara por esa vía.

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