Crimen de la niña en Lules: bioquímico del MPF confirmó que los restos óseos pertenecían a la víctima

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Este martes prosiguió el debate oral y público en contra de Edgardo Hernán Caro, de 38 años, y de María Carolina Graneros, de 40, quienes llegan acusados como autores del asesinato de la nena de cuatro años. Oportunamente, Mauro Véliz, yerno de la mujer, fue condenado en un juicio abreviado. La Fiscalía pidió penas de prisión perpetua.
Por el Ministerio Público Fiscal (MPF) interviene la Unidad Fiscal de Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo, secundado por la auxiliar de fiscal Julieta Molé y Juan Vilardi, del equipo de la UFI.
El experto forense expuso los informes relacionados vinculados al caso, destacando que los restos óseos y tejidos musculares hallados en el lecho del río Colorado, y que fueron analizados, corresponden al ADN de la víctima. También se hallaron restos genéticos de la niña en el mango de un rastrillo, expresó el profesional.
El tribunal que conduce el debate está integrado por los magistrados Lucas Alfredo Taboada, Cyntia Lorena Rocha y Alejandro José Benjamín Valeros.

La acusación
A partir de marzo de 2021, en circunstancias que la niña víctima de cuatro años, se encontraba viviendo en el domicilio de pasaje Neuquén de la ciudad de Lules, a cargo de Graneros y su pareja Caro, fue sometida a reiterados maltratos crueles e inhumanos por parte de los mismos, consistentes en golpearla en distintas partes del cuerpo, someterla a situaciones humillantes, obligándola a arrodillarse en maíz, a sostener mitades de ladrillos en sus manos, abandonándola en múltiples oportunidades al frío y desnuda en el patio en la madrugada y arrojándole agua fría mientras le recriminaba que se hacía sus necesidades encima.
Hasta que el día 30 de junio de 2021, mientras la niña se encontraba en la cama de la habitación que pertenecía a Caro y Graneros, el imputado Caro, quien junto con Graneros se encontraba encargado de la guarda, abusó sexualmente de la pequeña en horas de la tarde y nuevamente a la noche, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente.

A continuación, frente al estado deplorable en que se encontraba la niña por los maltratos recibidos y la agresión sexual sufrida, se descompensó, por lo que los imputados, previo acuerdo de voluntades y actuando de manera conjunta y coordinada, aprovechándose del estado de indefensión de la menor y a los fines de lograr la impunidad, la cargaron convaleciente, en medio de los dos, en una motocicleta marca Motomel modelo 110 cc color azul con blanca, y la trasladaron hasta un terreno sito en el San Ramón, ubicado en la Reducción, Lules. Allí, con claras intenciones de causarle la muerte de un modo cruel, inhumano y aumentando de manera innecesaria el sufrimiento, la tiraron en un pozo cavado para letrina y la prendieron fuego, produciendo de esta manera la muerte de la niña. A continuación, se retiraron del lugar, regresando Graneros a su domicilio en busca de colaboración para hacer desaparecer los restos de la pequeña, mientras que Caro se dirigió hacia su trabajo.
De esta manera, Graneros buscó a Veliz, y ambos se trasladaron en la misma moto al terreno mencionado. Una vez allí, los sujetos continuaron quemando los restos, hasta que los cargaron en bolsas de tipo arpillera y los trasladaron hasta abajo del puente del Río Colorado, el cual se encuentra a unos pocos kilómetros hacia el sur de la ciudad de la Reducción y los dos continuaron prendiéndole fuego para eliminar todo tipo de rastros para luego arrojar los restos al río, dándose a la fuga del lugar.
Tras ello, Graneros denunció falsamente la desaparición de niña en la Comisaría de Lules y, en ocasión de su búsqueda, Veliz aportó información falsa con el objeto de desviar el curso de la investigación y reforzar el encubrimiento, a sabiendas de que la víctima se encontraba ya sin vida.

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