
Revocaron las restricciones contra periodistas que investigan a Tapia y Toviggino
Benjamin EncinaLa Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de San Isidro revocó las restricciones judiciales que habían sido impuestas contra periodistas y dirigentes políticos relacionados con investigaciones y denuncias que involucran al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.
La decisión dejó sin efecto el denominado “bozal legal” dispuesto anteriormente por el juez de Garantías de Pilar Walter Saettone, a partir de un pedido presentado por Tapia.
Los camaristas analizaron las apelaciones y concluyeron, con diferentes fundamentos, que las restricciones no podían mantenerse.
Uno de los principales argumentos estuvo relacionado con la libertad de expresión y el ejercicio de la actividad periodística, mientras otros integrantes del tribunal señalaron que el magistrado que había dictado las medidas no tenía competencia para hacerlo.
Quiénes estaban alcanzados
Las restricciones habían sido aplicadas contra los periodistas Nicolás Pizzi, Federico Teijeiro, Bruno Yacono, Luis Gasulla y Mariano Roa.
Todos ellos habían publicado investigaciones o informaciones relacionadas con diferentes expedientes judiciales vinculados con autoridades de la AFA.
La medida también alcanzaba a los dirigentes de la Coalición Cívica Leandro Camani, Matías Yofe y Facundo Del Gaiso, quienes participaron en presentaciones judiciales, entre ellas una denuncia relacionada con una propiedad ubicada en Pilar.
Qué establecía el llamado “bozal legal”
La resolución original imponía diferentes restricciones.
Entre ellas aparecía la prohibición de mantener contacto con Tapia, Toviggino y sus familiares por cualquier medio.
También impedía a las personas alcanzadas acercarse a los dirigentes y a sus lugares habituales de actividad dentro de un radio de 500 metros.
Además, existían limitaciones relacionadas con la captación, reproducción o exposición de datos personales, imágenes e información perteneciente al ámbito privado o familiar.
La resolución aclaraba que las referencias vinculadas con la actuación pública o cuestiones de interés general no quedaban automáticamente alcanzadas, siempre que no implicaran determinadas formas de contacto o difusión de información personal.
Sin embargo, los periodistas apelaron la decisión al considerar que en la práctica las restricciones terminaban afectando directamente su capacidad para investigar y comunicar asuntos de interés público.

La Cámara consideró afectada la actividad periodística
Los jueces Gustavo Herbel, Luis Cayuela y Carlos Blanco analizaron los recursos presentados y decidieron revocar las medidas.
Herbel puso especialmente el foco en la libertad de expresión.
El magistrado consideró que las restricciones no se limitaban exclusivamente a proteger aspectos privados o familiares de Tapia y Toviggino, sino que tenían consecuencias concretas sobre el trabajo profesional de los periodistas.
Según explicó, una prohibición tan amplia podía incluso dificultar la presencia de los comunicadores en determinados lugares vinculados con su actividad profesional.
Uno de los ejemplos analizados fue la propia sede de la AFA en la calle Viamonte, debido a que constituye uno de los espacios habituales de actividad de sus principales dirigentes.
El tribunal advirtió sobre la censura previa
El fallo también abordó directamente la importancia constitucional de la libertad de expresión.
Herbel consideró que impedir anticipadamente la utilización de determinada información podía afectar el derecho a informar y el control periodístico sobre personas con relevancia pública.
El juez sostuvo que la libertad de expresión comprende tanto la posibilidad de investigar como la de comunicar información de interés público.
También planteó que las restricciones preventivas pueden generar autocensura ante el temor de recibir sanciones.
El criterio expresado en el fallo establece que la regla general debe ser la libertad para investigar y publicar, sin perjuicio de que posteriormente pueda existir responsabilidad judicial si una publicación concreta vulnera derechos protegidos por la legislación.
Otros dos jueces cuestionaron la competencia
Los camaristas Luis Cayuela y Carlos Blanco coincidieron en revocar las medidas, aunque utilizaron otro fundamento.
Ambos consideraron que el juez de Garantías que había dispuesto las restricciones no contaba con competencia legal suficiente para imponerlas en esas condiciones.
De esta manera, aunque los tres magistrados coincidieron en el resultado final, existieron diferencias en las razones utilizadas para llegar a esa conclusión.
Las investigaciones pueden continuar
La resolución representa un cambio importante para los periodistas y dirigentes políticos que estaban alcanzados por las prohibiciones.
La decisión no resuelve el contenido ni determina responsabilidades sobre las investigaciones o denuncias vinculadas con Tapia y Toviggino.
Lo que hace es dejar sin efecto las restricciones preventivas que pesaban sobre quienes venían investigando, publicando información o realizando presentaciones judiciales relacionadas con los dirigentes del fútbol argentino.
El conflicto entre las autoridades de AFA y algunos periodistas ya había generado episodios anteriores. En julio, por ejemplo, la representación legal de Toviggino había solicitado sanciones contra Nicolás Pizzi por participar de un foro en Miami donde habló sobre investigaciones judiciales relacionadas con la entidad.
Con la nueva resolución, la Cámara de San Isidro estableció un límite a aquellas medidas y volvió a colocar en el centro de la discusión la protección constitucional de la actividad periodística, la libertad de expresión y el derecho a investigar asuntos de interés público.


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