La Corte Suprema define si vuelven los límites a la compra de tierras por extranjeros

El máximo tribunal convocó a una reunión extraordinaria para analizar una medida cautelar que podría restablecer las restricciones eliminadas por el Gobierno nacional.
Nacionales09 de octubre de 2026Benjamin EncinaBenjamin Encina

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se reunirá este viernes a las 9 de la mañana para avanzar en una nueva definición judicial sobre la Ley de Tierras. El tribunal deberá analizar un planteo que podría permitir el regreso, al menos de manera provisoria, de las restricciones para que ciudadanos y empresas extranjeras compren campos en Argentina, limitaciones que fueron derogadas mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, impulsado por el presidente Javier Milei.

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La convocatoria fue realizada por el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, quien dispuso un Acuerdo Extraordinario para tratar el expediente. La causa tomó impulso después de que el máximo tribunal resolviera, la semana pasada, revocar una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras. En aquella oportunidad, los jueces consideraron que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata no tenía legitimación para promover ese cuestionamiento.

El nuevo planteo fue presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, junto con la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, según las informaciones publicadas sobre el expediente. Los demandantes solicitaron que se aclare si la decisión anterior de la Corte tiene efectos sobre su propio amparo colectivo, que fue tramitado como una causa relacionada con la iniciada por el CECIM.

El reclamo presenta diferencias respecto del expediente anterior, ya que sus impulsores sostienen que cuentan con una legitimación propia y vinculan su presentación con la protección ambiental y los derechos territoriales de las comunidades indígenas. Por ese motivo, buscan que la discusión judicial continúe y que se evalúe la posibilidad de mantener vigentes las limitaciones establecidas por la legislación anterior.

En las horas previas a la reunión, el máximo tribunal también aceleró los plazos procesales. Los jueces redujeron de 72 a 24 horas el período para que las partes presenten impugnaciones contra la integración de los conjueces designados para intervenir en el expediente. Además, habilitaron días y horas inhábiles para avanzar con el trámite, una decisión que justificaron por las circunstancias particulares de la causa.

Para participar en la resolución fueron designados Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Como suplentes quedaron Jorge Morán y Eduardo Farah. Su intervención se dispuso para completar la integración necesaria para resolver el caso.

La Corte deberá determinar ahora cómo continúa el expediente: puede devolverlo a los tribunales federales correspondientes o intervenir de manera directa sobre la medida cautelar solicitada, una alternativa excepcional. Si concede esa cautelar, las restricciones de la Ley 26.737 podrían recuperar vigencia de forma provisoria, aunque el alcance concreto dependerá de los términos de la resolución.

La definición se produce en medio de una discusión política y judicial sobre el régimen de propiedad rural y los límites a la adquisición de tierras por parte de extranjeros. El fallo anterior generó cuestionamientos de sectores de la oposición y reactivó el debate parlamentario en torno al DNU 70/2023. La decisión que adopte la Corte en este nuevo expediente será clave para determinar si las restricciones vuelven a aplicarse mientras continúa la controversia judicial.

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