La Corte restableció los límites a la compra de tierras por extranjeros

El máximo tribunal dictó una medida cautelar provisoria que suspende los efectos de la derogación de la Ley de Tierras, dispuesta por el Gobierno mediante un decreto.
Nacionales09 de octubre de 2026Benjamin EncinaBenjamin Encina

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este viernes restablecer de manera provisoria las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, al dictar una medida cautelar que suspende los efectos de la derogación de la Ley 26.737. La decisión modifica el escenario judicial que se había abierto después de que el máximo tribunal dejara vigente la eliminación de esa normativa impulsada por el presidente Javier Milei mediante el DNU 70/2023.

La resolución se produjo en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes cuestionaron el artículo 154 del decreto presidencial, que derogó el régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales.

El expediente avanzó durante los últimos días, cuando la Corte aceleró los plazos procesales y convocó a dos conjueces para completar la integración necesaria para resolver el planteo. Fueron designados Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. La incorporación de ambos magistrados permitió avanzar con el tratamiento de la medida cautelar.

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La discusión se reactivó después de que el máximo tribunal revocara una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras en una causa impulsada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM). En aquella oportunidad, la Corte consideró que la organización no tenía legitimación para promover ese reclamo, aunque aclaró que su decisión no implicaba un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.

El nuevo expediente tiene características propias y busca que se evalúe una medida cautelar mientras continúa la controversia judicial. Con la resolución de este viernes, las restricciones vuelven a aplicarse de manera provisoria, sin que eso signifique necesariamente una definición definitiva sobre la validez constitucional del decreto que eliminó la legislación anterior.

La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía que la titularidad extranjera de tierras rurales no podía superar el 15% de la superficie total del territorio nacional, provincial o departamental. También fijaba límites para las adquisiciones por parte de personas o empresas de una misma nacionalidad y contemplaba condiciones específicas para determinadas zonas del país.

La derogación de esa norma había generado cuestionamientos de organizaciones sociales, sectores políticos y entidades vinculadas con la protección ambiental y territorial. Entre los argumentos planteados se encuentran la necesidad de preservar los recursos naturales, resguardar áreas estratégicas y garantizar la protección de los territorios de comunidades indígenas.

La decisión de la Corte vuelve a colocar el régimen de propiedad rural en el centro de la discusión política y judicial. Mientras se aguarda el desarrollo del expediente, las restricciones a la adquisición de tierras rurales por extranjeros quedan restablecidas de forma cautelar, a la espera de nuevas definiciones sobre el alcance y la continuidad de la medida.

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